ITP en Aragón
Tipo general de 8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 € · 9 % hasta 500.000 € · 9,5 % hasta 750.000 € · 10 % desde 750.000 € en la compra de vivienda de segunda mano. Escala progresiva: cada tramo tributa a su propio tipo, como en el IRPF.
Calcula tu ITP
Hacienda calcula el impuesto sobre el valor de referencia cuando supera al precio que pagas.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
16.000 €
Tipo general · 8.00 % sobre 200.000 €
Te quedas cerca de un tipo más bajo
Solo para familias numerosas.
El valor supera en 100.000 € el límite de 100.000 €.
El ITP es solo una parte. Lo que de verdad puede costarte dinero son las cargas, las deudas y las diferencias entre el anuncio y el Catastro.
Analizar la vivienda con IAEste cálculo es orientativo y puede contener errores. Los tipos proceden de , revisados el . Revisa siempre la información con un profesional cualificado antes de tomar decisiones importantes.
Tipos reducidos en Aragón
Menores de 35 años
−12.5 % de la cuota- Menor de 35 años.
- El valor real del inmueble no puede superar los 100.000 €.
- Bonificación del 12,5 % de la cuota íntegra, compatible con las demás de este artículo.
Discapacidad del 65 % o superior
−12.5 % de la cuota- Discapacidad igual o superior al 65 % y vivienda de hasta 100.000 €.
Mujeres víctimas de violencia de género
−12.5 % de la cuota- Orden de protección en vigor o sentencia firme en los últimos 10 años.
- Vivienda de hasta 100.000 €.
Familia numerosa
−50 % de la cuota- Ser miembro legal de familia numerosa en el momento de la compra.
- Vender la vivienda habitual anterior entre los dos años previos y los cuatro posteriores.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto se paga de ITP en Aragón?
- El tipo general para la compra de vivienda de segunda mano es 8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 € · 9 % hasta 500.000 € · 9,5 % hasta 750.000 € · 10 % desde 750.000 €. Escala progresiva: cada tramo tributa a su propio tipo, como en el IRPF.
- ¿Qué tipos reducidos hay en Aragón?
- Menores de 35 años: 8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 € · 9 % hasta 500.000 € · 9,5 % hasta 750.000 € · 10 % desde 750.000 € (−12.5 %). Discapacidad del 65 % o superior: 8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 € · 9 % hasta 500.000 € · 9,5 % hasta 750.000 € · 10 % desde 750.000 € (−12.5 %). Mujeres víctimas de violencia de género: 8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 € · 9 % hasta 500.000 € · 9,5 % hasta 750.000 € · 10 % desde 750.000 € (−12.5 %). Familia numerosa: 8 % hasta 400.000 € · 8,5 % hasta 450.000 € · 9 % hasta 500.000 € · 9,5 % hasta 750.000 € · 10 % desde 750.000 € (−50 %).
- ¿Y si compro obra nueva en Aragón?
- Pagarás IVA al 10 % más el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, cuyo tipo general es 1,5 %.
- ¿Sobre qué valor se calcula?
- Desde la Ley 11/2021 la base imponible es el valor de referencia de Catastro cuando supera al precio que figura en la escritura. El Tribunal Constitucional lo avaló por unanimidad en su sentencia 13/2026, de 12 de febrero. Si el valor de referencia es menor, se tributa por el precio declarado.
Fuente
Decreto Legislativo 1/2005 (TR de tributos cedidos de Aragón), arts. 121-1 a 122-10, en vigor desde el 1/1/2016. Última revisión: 6/9/2026.
Consultar el texto oficialEl ITP en otras comunidades
¿Y lo que no sale en la escritura?
El impuesto lo puedes calcular. Las cargas, las deudas del vendedor o los metros que no cuadran con el Catastro, no. Nuestra IA los revisa y te lo explica.
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