ITP en Castilla y León
Tipo general de 8 % hasta 250.000 € · 10 % desde 250.000 € en la compra de vivienda de segunda mano. Escala progresiva: cada tramo tributa a su propio tipo, como en el IRPF.
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Hacienda calcula el impuesto sobre el valor de referencia cuando supera al precio que pagas.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
16.000 €
Tipo general · 8.00 % sobre 200.000 €
Te quedas cerca de un tipo más bajo
Depende de tu edad.
Depende de tu edad.
El ITP es solo una parte. Lo que de verdad puede costarte dinero son las cargas, las deudas y las diferencias entre el anuncio y el Catastro.
Analizar la vivienda con IAEste cálculo es orientativo y puede contener errores. Los tipos proceden de , revisados el . Revisa siempre la información con un profesional cualificado antes de tomar decisiones importantes.
Tipos reducidos en Castilla y León
Menores de 36 años
4 %- TODOS los compradores deben tener menos de 36 años; si uno solo los supera, se pierde el tipo reducido.
- La vivienda debe ser la residencia habitual.
Familia numerosa, discapacidad o vivienda protegida
4 %- Título de familia numerosa, discapacidad del 65 % o superior (tuya o de tu unidad familiar), o vivienda de protección pública.
Menores de 36 años en municipio del art. 7.1.c)
0,01 %- TODOS los compradores deben tener menos de 36 años.
- La vivienda debe estar en uno de los municipios o entidades locales menores del art. 7.1.c) del texto refundido.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto se paga de ITP en Castilla y León?
- El tipo general para la compra de vivienda de segunda mano es 8 % hasta 250.000 € · 10 % desde 250.000 €. Escala progresiva: cada tramo tributa a su propio tipo, como en el IRPF.
- ¿Qué tipos reducidos hay en Castilla y León?
- Menores de 36 años: 4 %. Familia numerosa, discapacidad o vivienda protegida: 4 %. Menores de 36 años en municipio del art. 7.1.c): 0,01 %.
- ¿Y si compro obra nueva en Castilla y León?
- Pagarás IVA al 10 % más el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, cuyo tipo general es 1,5 %.
- ¿Sobre qué valor se calcula?
- Desde la Ley 11/2021 la base imponible es el valor de referencia de Catastro cuando supera al precio que figura en la escritura. El Tribunal Constitucional lo avaló por unanimidad en su sentencia 13/2026, de 12 de febrero. Si el valor de referencia es menor, se tributa por el precio declarado.
Fuente
Decreto Legislativo 1/2013 (TR de tributos propios y cedidos de Castilla y León), arts. 24 a 26. Última revisión: 6/9/2026.
Consultar el texto oficialEl ITP en otras comunidades
¿Y lo que no sale en la escritura?
El impuesto lo puedes calcular. Las cargas, las deudas del vendedor o los metros que no cuadran con el Catastro, no. Nuestra IA los revisa y te lo explica.
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